Conoce cómo es la nueva ley de estiba de mercancías

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La principal novedad radica en la comprobación de la sujeción de la carga: pasa de ser visual a una revisión más completa

El pasado mes de mayo entró en vigor la nueva ley de estiba de mercancía. Esta regulación llena el hueco que existía respecto a cómo cargar la mercancía en los vehículos. Las inspecciones que se pueden llevar a cabo son las siguientes:

Inspección técnica inicial en carretera:

Los agentes de tráfico comprueban que el vehículo lleva a bordo el último certificado de inspección técnica periódica. Realizan una inspección visual del estado técnico del vehículo, así como de la correcta sujeción de la carga.

Inspección técnica más minuciosa:

Si los agentes detectan deficiencias en la inspección técnica inicial, realizan una inspección técnica más minuciosa. En ella se revisa la seguridad de frenos, neumáticos, ruedas, chasis y emisiones contaminantes. Para ello utilizan una unidad móvil o se trasladan a una de las estaciones de ITV más próximas.

Inspección de la sujeción de la carga:

Como novedad, durante una inspección en carretera, se podrá someter el vehículo a inspección de la carga. El fin es comprobar que está sujeta de forma que no interfiera con la conducción segura. También que no suponga un riesgo para la vida, la salud, la propiedad o el medio ambiente.

Se pretende que:

  • El cambio de posición de las cargas entre sí, contra las paredes o las superficies del vehículo sea mínimo.
  • Las cargas no pueden salirse del espacio de carga ni desplazarse fuera de la superficie de carga.

A efectos didácticos, la Comisión Europea ha elaborado la “Guía Europea de Mejores Prácticas sobre Sujeción de cargas para el Transporte por Carretera”, que se puede consultar en el siguiente enlace: https://bit.ly/2DABstJ

Las deficiencias detectadas se clasifican en:

  • Leve: cuando la carga está correctamente sujeta pero se pueden realizar recomendaciones en materia de seguridad.
  • Grave: cuando la carga no ha sido sujeta suficientemente y cabe la posibilidad de su desplazamiento o vuelco. Podrá inmovilizarse el vehículo.
  • Peligrosa: cuando pone en peligro la seguridad del tráfico debido al riesgo de pérdida de la carga. Se inmovilizará el vehículo siempre.

En cuanto al régimen sancionador, el nuevo Decreto mantiene vigentes las actuales tipificaciones de la Ley de Seguridad Vial (además de las previstas en la LOTT en caso de exceso de peso):

  • Infracción grave (multa de 200€): conducir con la carga mal acondicionada o con peligro de caída.
  • Infracción muy grave (multa de 500€): circular con un vehículo cuya carga ha caído a la vía, creando grave peligro para el resto de usuarios.

 

 

By |2018-11-16T10:14:04+02:00noviembre 14th, 2018|NUEVA LEY DE ESTIBA|Comentarios desactivados en Conoce cómo es la nueva ley de estiba de mercancías