El Gobierno de Navarra ha publicado la Resolución 310E/2025, de 10 de septiembre, con la primera concesión de ayudas a empresas y autónomos/as para el achatarramiento de vehículos.
Estas ayudas están dirigidas a personas físicas y jurídicas con actividad económica que han procedido al achatarramiento de vehículos en las categorías M1, M2, M3, N1, N2 y N3, siempre que cumplieran con los requisitos establecidos en la convocatoria.
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¿Qué se ha resuelto?
La resolución incluye cuatro bloques:
1) Concesiones con abono (empresas)
Se conceden y abonan ayudas por 34.000 € con cargo a la partida G/820001/82500/7701/425207.
Ejemplos (extracto):
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BARRICARTE IÑIGO ELOY Y MARÍA TERESA – 1.000 €
Qué debes hacer si estás en este listado:
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Revisa la cuantía y conserva la documentación justificativa.
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Atiende posibles requerimientos posteriores de verificación.
2) Concesiones pendientes de achatarrar (empresas)
Se conceden ayudas por 116.000 € (misma partida) condicionadas a que la beneficiaria achatarré el vehículo antes del 31/10/2025 y cumpla la Base 3.1.
Ejemplos (extracto):
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AUTOBUSES LA PAMPLONESA S.A. – 12.000 € + 12.000 € + 12.000 €
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COMPASS 65 S.L. – 10.000 €
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MIRADOR DEL EGA S.L. – 5.000 € (hasta agotar crédito)
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Otras: SEDENORT S.L., ZOANSA TAILERRAK S.L.U., TALLERES GURO S.L., ALMACENAJE CRISSER S.L., EZTIBELTZA S. Mikrokoop., etc.
Qué debes hacer si estás en este listado:
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Achatarrar el vehículo antes del 31/10/2025.
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Asegurar los requisitos de la Base 3.1 (ITV en vigor en el momento del achatarramiento, antigüedad mínima cuando aplique, etc.).
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Preparar la justificación que pida la convocatoria para el abono.
3) Concesiones con abono (personas físicas con actividad económica)
Se conceden y abonan ayudas por 44.000 € con cargo a la partida G/820001/82500/7709/425200.
Ejemplos (extracto con NIF enmascarado):
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18205816M – 1.000 €
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44622574K – 5.000 €
Qué debes hacer si estás en este listado
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Verifica el abono y conserva la documentación.
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Atiende posibles requerimientos de control.
4) Concesiones pendientes de achatarrar (personas físicas con actividad económica)
Se conceden ayudas por 105.000 € (misma partida) condicionadas a achatarrar el vehículo antes del 31/10/2025 y cumplir la Base 3.1.
Ejemplos (extracto):
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33423517D – 10.000 €
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33423754Q – 10.000 €
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16023226T – 10.000 €
Qué debes hacer si estás en este listado:
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Achatarrar antes del 31/10/2025.
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Cumplir Base 3.1.
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Presentar justificación para el abono.
Denegaciones y motivos
La resolución incluye una lista de solicitudes denegadas, indicando el motivo (p.ej., falta de actividad económica –Base 2.1–, recibo del IVTM no aportado –Base 4.4–, ITV no vigente en el momento del achatarramiento –Base 3.1–, vehículo Euro VI o posterior en categorías M2, M3, N2 y N3 –Base 3.1–, solicitud duplicada, titularidad inferior a 12 meses, etc.).
Si estás en este apartado, revisa el motivo de denegación y valora recursos o subsanaciones si procede.
Aviso para beneficiarios con más de 30.000 € en ayudas (suma de concesiones)
En el plazo de un mes desde la notificación, deberán acreditar el cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004 (lucha contra la morosidad). En la ficha de la convocatoria está disponible un modelo para la modalidad del subapartado “a)” (Base 2.3).
Si solicitaste la ayuda a través de TRADISNA
Si eres socio y presentaste la solicitud mediante TRADISNA, contacta con nosotros para que te guiemos en los siguientes pasos (achatarramiento dentro de plazo, documentación y justificación).
Consulta la resolución completa
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