Exenciones a los tiempos de conducción y descanso y documentación necesaria para el desplazamiento en cada país

 

La propagación del COVID-19 mantiene en jaque a toda Europa y en especial al mundo del transporte de mercancías por carretera, que no para. Conoce en este post las medidas que cada país está publicando en cuanto al acceso y desplazamiento por los mismos y las exenciones a los tiempos de conducción y descanso que deben cumplir los transportistas.

España

  • España aplicará hasta el 31 de mayo nuevas exenciones a los tiempos de conducción y descanso.
  • Se sustituye el límite máximo de conducción diaria de 9 horas y se permiten conducciones diarias de hasta 11 horas. Pero, hay que respetar las interrupciones de 45 minutos cada 4 horas y media de conducción.
  • Se mantienen los límites de conducción semanal (56 horas) y de conducción bisemanal (90 horas).
  • Pueden tomarse dos descansos semanales consecutivos reducidos de al menos 24 horas siempre que el conductor tome al menos cuatro periodos de descanso semanales en esas cuatro semanas consecutivas, de los cuales dos descansos semanales tendrán que ser normales de 45 horas. Es decir, la excepcionalidad está en que los dos descansos reducidos de al menos 24 horas puedan ser consecutivos.
  • No hay necesidad de compensar el descanso semanal reducido.
  • El descanso semanal normal (45 horas) puede tomarse en cabina, siempre que el vehículo disponga de litera y el vehículo esté estacionado.

 Francia

  • Los transportistas deben tener un Certificado de Desplazamiento de carácter internacional que ha proporcionado el propio Ministerio del Interior francés. En los controles o fronteras se requiere mostrar también los documentos habituales (identificaciones, certificados etc).
  • El Gobierno francés ha derogado temporalmente el cumplimiento de parte de la normativa de tiempos de conducción y descanso. Con estas excepciones se permite extender la conducción diaria a 10 horas al día y se podrá incrementar ese tiempo de 10 a 11 horas dos veces por semana.
  • Aumento de la conducción semanal hasta 60 horas y aumento de la conducción bisemanal hasta 102 horas.
  • Cierre total del paso transfronterizo del túnel de Bielsa-Araganouet por decisión del Gobierno francés en la provincia de Huesca (carretera A-138) hasta nuevo aviso. Itinerario alternativo: túnel de Somport (N-330).

Italia

  • Italia ha extendido hasta el 3 de mayo las medidas excepcionales adoptadas por el COVID-19 en transporte (Declaración de Salud).
  • Cada persona (transportistas o conductor) deberá presentar una Declaración mediante la que se certifica que la entrada a Italia se produce exclusivamente para la realización de una actividad concreta.
  • En esa Declaración se asume la obligación de avisar inmediatamente a la autoridad sanitaria competente de la Región en que se encuentre la persona, de la aparición de síntomas compatibles con el COVID-19 a través de los teléfonos específicamente designados al efecto.
  • La duración máxima de la actividad será de 72 horas, salvo que se justifique su ampliación por circunstancias excepcionales, en cuyo caso podrá ampliarse en 48 horas más.

Portugal

  • Se han establecido un número limitado de puntos autorizados de cruce de la frontera terrestre.
  • Las autoridades portuguesas podrán introducir controles de salud y solicitar que se cumplimente una Declaración de Salud conforme al modelo establecido por las autoridades competentes, denominado “Declaración-Cuestionario del Servicio de Extranjeros y Fronteras”, cuya cumplimentación por ahora no es obligatoria pero sí recomendable.
  • La conducción diaria puede ser de 11 horas.
  • En dos semanas consecutivas, se puede tomar al menos un descanso semanal normal de 45 horas y un periodo de descanso semanal reducido de al menos 24 horas, sin necesidad de compensar las horas.
  • Se permite que el con ductor tome un descanso semanal normal de 45 horas en el vehículo siempre que esté estacionado y debidamente equipado.

Alemania

  • El Gobierno alemán ha introducido controles en frontera de carácter temporal. No existe ningún tipo de restricción para el transporte de mercancías por carretera, si bien existen indicaciones para que el acceso a Alemania se produzca específicamente por determinados puntos de acceso debidamente indicados y señalizados.
  • No se exige ninguna documentación específica con carácter obligatorio, salvo la propia relativa a la identificación del conductor mediante documento de identificación o pasaporte, si bien es recomendable llevar a bordo un Certificado de viajero.
  • Se flexibiliza la regulación, pero sólo para el transporte de bienes esenciales, permitiendo incrementar el límite máximo de conducción diaria a 10 horas cinco veces en semana y efectuar dos periodos consecutivos de descanso semanal reducido de 24 horas, pero obligando a compensarlo.
  • El resto de actividades de transporte no tiene regulación especial por lo que deberán aplicar la regulación establecida en la normativa europea.

Marruecos

  • Los Gobiernos de España y Marruecos han establecido un protocolo de actuación a través de sus respectivos Ministerios de Transportes. Si algún documento necesario para la realización de una operación de transporte internacional, que requiera su visado/renovación periódica se encontrara caducado, como puede ser el carnet de conducir, el permiso de circulación del vehículo o su inspección técnica entre otros, se permita continuar prestando los servicios de transporte con normalidad hasta que finalice la crisis sanitaria.
  • Sigue siendo exigible el permiso bilateral asociado a cada operación de transporte e igualmente el tríptico de estancia temporal en Marruecos. Dichas autorizaciones podrán continuar solicitándose en el Ministerio de Transportes español, a través de sus organizaciones y entidades colaboradoras.

 

*El modelo de Certificado de Desplazamiento de Transporte Internacional publicado por la Comisión Europea puede utilizarse por cualquier empresa en sus desplazamientos internacionales a otros países de la UE en los que no se exija un modelo específico.

By |2020-04-15T13:54:44+02:00abril 15th, 2020|CRISIS CORONAVIRUS|Comentarios desactivados en Exenciones a los tiempos de conducción y descanso y documentación necesaria para el desplazamiento en cada país