Con la reciente modificación del Reglamento General de Vehículos, los vehículos articulados de cinco o más ejes ya pueden A PARTIR DEL 23 DE OCTUBRE DE ESTE AÑO 2025 circular en España con una masa máxima autorizada (MMA) de 44 toneladas.
Esta medida forma parte del compromiso alcanzado en el Real Decreto 3/2022, pero no todos los vehículos podrán acogerse automáticamente. Desde TRADISNA te explicamos qué debes revisar en la documentación de tu camión y qué pasos seguir para cumplir con la normativa.
¿Qué vehículos pueden circular con 44 toneladas?
- Vehículos articulados de cinco o más ejes.
- Trenes de carretera compuestos por un vehículo motor de tres ejes y un remolque de dos o tres ejes.
Importante: Esta normativa es válida únicamente para el transporte nacional.
Revisión técnica: qué comprobar en tu ficha técnica
Vehículo a motor
- Casilla F1.1 (masa máxima técnica del 2º eje): debe indicar como mínimo 12.000 kg.
- Casilla F.3 (masa máxima técnica del conjunto): debe mostrar al menos 44.000 kg.
Semirremolque
- Casilla F1.1 (por eje): debe figurar un mínimo de 9.000 kg por eje.
Si tu vehículo cumple con los requisitos
- No necesitas hacer ninguna modificación inmediata.
- En la próxima ITV, se actualizarán los datos técnicos en la ficha del vehículo.
- Posteriormente, deberás solicitar en la DGT el nuevo permiso de circulación con los datos actualizados.
Si tu vehículo no cumple con los requisitos
- Solicita al fabricante un certificado que acredite que tu vehículo puede circular con 44 toneladas.
- Con este documento, deberás pasar la ITV correspondiente para actualizar la ficha técnica.
Vehículos de cero emisiones y combustibles alternativos
Los vehículos impulsados por tecnologías sostenibles pueden aumentar su MMA:
- Hasta 46 toneladas, para compensar el peso del sistema de propulsión.
- Hasta 47 toneladas, si operan en entornos urbanos.
Siempre respetando los límites por eje y la masa máxima técnicamente admisible.
¿Cómo afecta a los costes del transporte?
- Circular con 44 toneladas implica un incremento medio del 8 % en los costes operativos.
- La normativa no obliga a revisar los precios automáticamente.
- Cada transportista deberá negociar los nuevos precios con su cliente en función de sus condiciones.
Otras novedades de la normativa
- Se facilita la circulación de conjuntos euromodulares, como los duotrailers o ecocombis, con una longitud máxima de 32 metros y una MMA de 72 toneladas.
- Se permite una altura máxima de 4,5 metros para ciertos tipos de carga como:
- Transporte de animales vivos
- Transporte de paja y forrajes
- Vehículos portacoches
- Camiones para contenedores intermodales
Fechas clave de aplicación
- 24 de julio de 2025: entrada en vigor general.
- 23 de octubre de 2025: entrada en vigor para masas máximas por eje.
- 23 de enero de 2026: entrada en vigor para vehículos cisterna.
Qué hacer ahora como transportista
- Revisa la ficha técnica de tu vehículo.
- Comprueba si cumples con las masas máximas técnicas admisibles.
- Si no cumples, contacta con el fabricante para solicitar el certificado.
- Realiza los ajustes necesarios en la ITV y actualiza tu permiso de circulación.
- Negocia con tus clientes los posibles ajustes de precios por el aumento de MMA.
En TRADISNA estamos a tu disposición para ayudarte a verificar esta información o asesorarte sobre los pasos a seguir.
Si tienes dudas, contacta con nuestro equipo técnico o acércate a nuestras oficinas.
10 Preguntas frecuentes sobre la nueva normativa de las 44 toneladas
- ¿Todos los camiones pueden circular con 44 toneladas?
No. Solo los vehículos articulados de cinco o más ejes y los trenes de carretera con tres ejes en el vehículo motor y dos o tres en el remolque pueden hacerlo, siempre que cumplan con los límites técnicos indicados en la ficha técnica. - ¿Tengo que modificar mi camión para llevar 44 toneladas?
No necesariamente. Si tu vehículo ya está homologado para esa masa, solo deberás esperar a la próxima ITV para que se actualicen los datos. Si no lo está, tendrás que solicitar un certificado al fabricante y pasar la ITV con esa documentación. - ¿Dónde veo si mi camión puede con 44 toneladas?
En la ficha técnica, en las casillas F1.1 y F.3.
- En el camión: F1.1 debe mostrar al menos 12.000 kg y F.3 al menos 44.000 kg.
- En el semirremolque: cada eje debe mostrar 9.000 kg o más en F1.1.
- ¿Qué pasa si mi camión no cumple con esos valores?
No podrás circular con 44 toneladas hasta que el fabricante te entregue un certificado técnico que lo autorice. Luego deberás pasar ITV para que se refleje esa información oficialmente. - ¿Cuándo entra en vigor esta norma?
- El 24 de julio de 2025 entró en vigor la norma general.
- Las masas por eje entran en vigor el 23 de octubre de 2025.
- Para vehículos cisterna, será el 23 de enero de 2026.
- ¿Afecta esta normativa al transporte internacional?
No. Por ahora, las 44 toneladas solo son válidas en territorio español. No se pueden usar en internacional aunque otros países también lo autoricen. - ¿Qué impacto tiene esta medida en los costes de transporte?
Se estima que puede aumentar los costes de los transportistas hasta en un 8 %, por el mayor desgaste de componentes y consumo. Cada transportista deberá negociar con su cliente una posible revisión de precios. - ¿Puedo circular con 44 toneladas si llevo combustible alternativo?
Sí. Los vehículos de cero emisiones o con combustible alternativo pueden tener hasta 46 toneladas. Si operan en entornos urbanos, pueden alcanzar las 47 toneladas, siempre respetando los límites técnicos. - ¿Qué pasa con la altura de los vehículos?
Para ciertos tipos de transporte (animales, paja, forraje, portavehículos, etc.), se permite una altura máxima de hasta 4,5 metros. - ¿Qué documentos debo tener actualizados para circular con 44 toneladas?
- Ficha técnica con los nuevos valores tras pasar ITV.
- Permiso de circulación actualizado emitido por Tráfico.
- En caso necesario, el certificado del fabricante que autorice el nuevo peso.