Desestima la solicitud de casación de la norma en vigor, lo que deja sin cobertura legal el cobro de peajes a camiones en la N1 y la A15
El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso de casación de la Diputación Foral de Guipúzcoa contra la segunda sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que declaraba nulo el peaje para camiones en la N1 y en la A15. Y esto deja sin cobertura legal el cobro de peajes a camiones.
Así, y según informa Fenadismer, cuando el Tribunal Supremo notifique el Auto en el que no admite a trámite el recurso de casación interpuesto por la Diputación Foral contra la sentencia de mayo de 2020 del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, declarando nulo el peaje en la N1 y A15 en Guipúzcoa, debería dejar de cobrarse este peaje a los camiones.
Recordamos que el recorrido legal de estos peajes:
- Enero de 2018: entra en vigor el peaje a camiones en la N1 y A15.
- Abril de 2018: el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco declara ilegal este cobro de peajes.
- La Diputación Foral de Guipúzcoa interpone un recurso de casación en el Tribunal Supremo contra la sentencia anterior.
- El Tribunal Supremo da la razón al TSJ del País Vasco y considera ilegal el peaje.
- Mayo de 2019: Guipúzcoa publica una segunda norma foral maquillada para seguir cobrando el cobro de peajes en la N1 y A15 a camiones.
- Mayo de 2020: el TSJ País Vasco declara ilegal también la segunda norma foral (la de mayo de 2019). Guipúzcoa pone un segundo recurso de casación en el Supremo y sigue cobrando los peajes.
- Marzo de 2021: el Tribunal Supremo declara ilegal el cobro de peajes en la N1 y A15 en Guipúzcoa dando la razón al TSJ País Vasco. Guipúzcoa sigue cobrando los peajes a la espera de la segunda sentencia del Supremo.
- Mayo 2021: un auto del Supremo no admite el recurso de casación de Guipúzcoa contra la segunda sentencia del TSJ País Vasco contra la norma foral en mayo de 2020. Falta por conocer la resolución del Supremo sobre el incidente de nulidad planteado, pero, con este Auto, el cobro de peajes en la N1 y A15 carece de cobertura legal, en consecuencia, hoy mismo deberían dejar de cobrarlo.
En su Auto, el Supremo mantiene que la segunda norma foral, que da base al cobro de estos peajes, y que se maquilló para sortear la declaración de nulidad de la primera, no ha servido de nada, es igual de discriminatoria que la primera, puesto que se aplica a camiones de más de 12 toneladas a los que se grava en mayor medida en los tramos de salida y entrada en el territorio de Guipúzcoa, por lo que se discrimina en función del origen o destino de la mercancía. Y recuerda que la Directiva comunitaria, que fija el establecimiento de peajes, prohíbe cualquier tipo de discriminación. Así, el Auto obliga a la Diputación de Guipúzcoa a la paralización inmediata del cobro de los peajes abriéndose la puerta a que los transportistas puedan recuperar todo el importe “indebidamente” recaudado durante sus 3 años y medio de vigencia. Desde Tradisna valoramos muy positivamente esta decisión judicial, ya que supone un verdadero triunfo para el sector del transporte y un “aviso a navegantes” para todas aquellas Administraciones que plantean medidas recaudatorias similares sin consenso previo con los sectores afectados.